El Gobierno federal publicó la norma mexicana 051, la cual obligará a partir del 1 de octubre a la industria a colocar sellos negros en sus productos, para advertir que contienen exceso de grasas saturadas, grasas trans, azúcares, sodio y calorías.
Casi tres semanas después de que el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado de Circuito en materia administrativa revocó el amparo interpuesto por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), para detener el proceso de publicación de la norma, el texto final se dio a conocer en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual no contiene las modificaciones que solicitó la iniciativa privada.
De acuerdo con el documento de 37 páginas, las especificaciones generales de la nueva reglamentación para el etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas comenzarán a aplicarse en seis meses, es decir, el 1 de octubre de 2020, tal como se habría previsto, y no en dos años como lo ha solicitado el sector empresarial, bajo el argumento del costo que implica hacer dichas modificaciones.
A partir de esa fecha, la primera parte de la norma deberá cumplirse, por lo que los productos deberán portar sellos negros de forma hexagonal con leyendas que adviertan sobre el exceso de los nutrientes críticos (calorías, sodio, grasas trans, azúcares, grasas saturadas), a los cuales se les atribuye provocar enfermedades como sobrepeso y obesidad, que pueden derivar en otras como diabetes.
Los sellos deberán estar ubicados en la equina superior derecha de la cara principal del envase que contenga el alimento o bebida no alcohólica.
Además, los productos también deberán advertir que contienen cafeína y edulcorantes, por lo que los menores de edad no podrán consumirlos.
La norma publicada por la Secretaría de Economía (SE) detalla en los numerales modificados las formas en que deberán estar colocados desde un sello hasta cinco, además de las otras dos advertencias.
Sin embargo, el resto de los numerales entrarán en vigor un año después, es decir, el 1 de abril de 2021.
Las modificaciones señalan que el cálculo y la evaluación de perfiles referentes a la información nutrimental se llevará en tres fases, comenzando el 1 de octubre y la última iniciará el mismo día de 2025.
El texto también incluye la tabla técnica de proporciones en la que deberán basarse los industriales para colocar las etiquetas. Las proporciones comienzan a partir de 100 gramos o 100 mililitros de los alimentos y bebidas no alcohólicas.
Fuente: La Jornada