La llamada ‘Ley Antichancla’ ya fue aprobada en Jalisco, con lo que se modificará el Código Penal para imponer pena de seis meses a cinco años de prisión a quien, ejerciendo la patria potestad, tutela, custodia o cuidado de un menor, se le sorprenda generando alteración a la salud o integridad física o psicológica sobre el menor.
Con 33 votos a favor, diputados locales aprobaron eliminar del Código Penal un párrafo del artículo 142, donde se lee que no se considera maltrato infantil el ejercicio de corrección que prevé el Código Civil y mantiene las penas ya mencionadas, incorporando dos nuevos conceptos en legislación local: la definición de castigos corporales o físicos, y la crianza positiva de forma respetuosa y no violenta.
Se considera como castigo corporal toda acción en la que se utilice la fuerza y tenga por objeto causa de dolor o malestar, aunque sea de forma leve.
Los niños o adolescentes que sean víctimas de estas agresiones podrán presentar sus propias denuncias en la Procuraduría Especializada, o si lo prefieren, podrán ser atendidos a través de los centros de atención de emergencias.
Fuente: Milenio