El Juzgado Decimoquinto en Materia Administrativa determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador podrá continuar con sus giras, al establecer que las actividades son «esenciales» y que no hay impedimento legal para que se realicen, luego de que un particular impugnó que el titular del Ejecutivo las retomara.
Fue el secretario en funciones de dicho juzgado, Moisés García Ochoa, quien rechazó suspender el trabajo y giras del mandatario: «Al ser el presidente de los Estados Unidos Mexicanos en quien se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión, en términos del artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que cuenta con las facultades y obligaciones que establece el numeral 89 del citado ordenamiento, deberá ser su voluntad el presentarse a laborar, o bien el resguardo domiciliario”.
Agregó: «Por tanto, la parte quejosa carece de interés para reclamar las omisiones que aduce, toda vez que las hace desprender del cumplimiento al citado acuerdo, sin que, se insiste, exista obligación directa del presidente de la República de suspender sus actividades en el país en relación con el acuerdo señalado».
Fuente: La Jornada