{"id":48494,"date":"2020-05-29T15:51:52","date_gmt":"2020-05-29T20:51:52","guid":{"rendered":"http:\/\/globalnewsmexico.com\/sitio\/?p=48494"},"modified":"2020-05-29T15:51:55","modified_gmt":"2020-05-29T20:51:55","slug":"juez-frena-acuerdo-energetico-promovido-por-rocio-nahle","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/globalnewsmexico.com\/sitio\/juez-frena-acuerdo-energetico-promovido-por-rocio-nahle\/","title":{"rendered":"Juez frena acuerdo energ\u00e9tico promovido por Roc\u00edo Nahle"},"content":{"rendered":"\n<p>Un juez federal especializado en Competencia Econ\u00f3mica otorg\u00f3 una suspensi\u00f3n provisional que frena la aplicaci\u00f3n del acuerdo, mediante el cual se emiti\u00f3 la\u00a0Pol\u00edtica de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema El\u00e9ctrico Nacional, publicado el pasado 15 de mayo, por la secretaria de Energ\u00eda, Roc\u00edo Nahle.<\/p>\n\n\n\n<p>La suspensi\u00f3n provisional fue concedida por Juan Pablo G\u00f3mez Fierro, juez Segundo Especializado en Competencia Econ\u00f3mica, dentro del amparo promovido por la organizaci\u00f3n ambientalista Greenpeace en contra de dicho acuerdo, el cual suscit\u00f3 tal pol\u00e9mica que deriv\u00f3 en la renuncia del titular de la Comisi\u00f3n Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), C\u00e9sar Hern\u00e1ndez, el mismo 15 de mayo, por haberse publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n sin pasar por un proceso de mejora regulatoria en dicha instituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abQue se suspendan todos los efectos y consecuencias del acuerdo por el que se emite la Pol\u00edtica de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema El\u00e9ctrico Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 15 de mayo de 2020\u00bb, dice la resoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abEn este \u00faltimo supuesto, los sujetos obligados en la Pol\u00edtica de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el SEN, entre los que se encuentran la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda (CRE) y el Cenace, deber\u00e1n abstenerse de cumplir con las obligaciones generales y particulares del Acuerdo reclamado\u00bb, a\u00f1ade.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abTodas las autoridades, en el \u00e1mbito de sus competencias, est\u00e1n obligadas a cumplir con la suspensi\u00f3n provisional otorgada, a\u00fan en el supuesto de que no hubieren sido llamadas como responsables, por lo que deber\u00e1n abstenerse de seguir los lineamientos que conforme al acuerdo reclamado deben regir para el funcionamiento del SEN y de llevar a cabo las actividades que ah\u00ed se precisan\u00bb, recalc\u00f3 el juez en su resoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En la misma, se cit\u00f3 para el 4 de junio para la audiencia incidental en la que se decidir\u00eda si se concede la suspensi\u00f3n definitiva del mencionado acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>Junto con Greenpeace, tambi\u00e9n promovi\u00f3 amparos el Centro Mexicano de Derecho Ambiental en contra de dicho documento.<\/p>\n\n\n\n<p>Ambas organizaciones reclamaron lo dispuesto en la Ley de la Industria El\u00e9ctrica, as\u00ed como el Acuerdo para Garantizar la Eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y Seguridad del Sistema El\u00e9ctrico Nacional que prev\u00e9 la suspensi\u00f3n de las pruebas preoperativas de las centrales el\u00e9ctricas intermitentes e\u00f3licas y fotovoltaicas en proceso de operaci\u00f3n comercial y la de las autorizaciones de dichas pruebas para las que no han iniciado a\u00fan.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de la autorizaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda para delegar las facultades que le establecen los art\u00edculos 132 y 136 de la Ley de la Industria El\u00e9ctrica.<\/p>\n\n\n\n<p>El sector empresarial hab\u00eda criticado este acuerdo porque aseguraron que daba facultades a las autoridades para \u201cencarecer artificialmente la generaci\u00f3n de electricidad en el pa\u00eds y desplazar arbitrariamente cualquier proyecto de generaci\u00f3n del sector privado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n del juez detiene los efectos del acuerdo, publicado por la Sener, por lo que para no generar un vac\u00edo normativo, el juez determin\u00f3 que deber\u00e1 mantenerse vigente la anterior Pol\u00edtica de Confiabilidad, que data del 2017.<\/p>\n\n\n\n<p>La suspensi\u00f3n en los efectos de este acuerdo se suma a la suspensi\u00f3n definitiva que otro juez hab\u00eda concedido el 25 de mayo en contra de otro acuerdo, del 29 de abril, publicado por el Centro Nacional de Control de Energ\u00eda (Cenace) en el DOF y el cual imped\u00eda la entrada en funciones de las nuevas centrales solares y e\u00f3licas al mercado el\u00e9ctrico.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Milenio<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>#Nacional Un #juez federal especializado en Competencia Econ\u00f3mica otorg\u00f3 una #suspensi\u00f3n provisional que frena la aplicaci\u00f3n del acuerdo, mediante el cual se emiti\u00f3 la 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